viernes, 22 de noviembre de 2013

Carnet homologado MAQUINARIA de ELEVACIÓN

ABIERTO PLAZO DE MATRICULACIÓN
 YA PUEDES RESERVAR TU PLAZA. 

FORMACIÓN TEÓRICA-PRÁCTICA: 
  • Estamos impartiendo cursos por toda Extremadura de MAQUINARIA DE ELEVACIÓN. Por tan sólo 100€uros, obtienes tres carnés:
    - Carretilla elevadora.
    - Plataforma elevadora.
    - Manipulador telescópico (Manitou).

    Es homologado según legislación que consiste en formación PRESENCIAL con una parte teórica y otra practica.

    Próximas fechas:
    -> Coria: 25 de Enero.
    -> Plasencia: 25 de Enero.
    -> Hervás: 1 de Febrero

    Practicas: 8 de Febrero en Plasencia.

    Inscripciones:
    - Hervás: 927473209 - 677473358
    - Coria: 927501856 - 607775343
    - Plasencia: 927413295
(*) los carnets sin prácticas, según ley, no son válidos.

Por tan sólo 100 €uros de matrícula, obtienes tres carnés:
  1. Carnet  y diploma de CARRETILLERO .
  2. Carnet  y diploma de PLATAFORMA ELEVADORA.
  3. Carnet  y diploma de MANIPULADOR TELESCÓPICO (MANITOU)
  • 4 horas de clases teóricas.
  • 4 horas de prácticas con todas las máquinas. 
  • Manual.
  • No hay examen externo; se hace durante el curso.

El Curso es 100% bonificable. Gratuito a través de tu empresa (consultar). 

Según el Real Decreto 1215/97 de 18 de julio, por el que se establecen
las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores
de equipos de trabajo, todos los trabajadores que están en contacto o realizan tareas en las que intervienen equipos de trabajo, tales como carretillas elevadores, grúas, plataformas elevadoras, manipuladores telescópicos, retroexcavadoras,etc…
están obligados a recibir una formación acorde con el trabajo que desempeñan


En ese Real Decreto, no determina como debe ser ese tipo de formación. Ahora
bien, si vamos a la “ Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos  relativos a la utilización de los equipos de trabajo”  publicada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo ( organismo dependiente del Ministerio de Trabajo )  y por tanto, de obligado cumplimiento, en su Artículo 5: “ Obligaciones en materia de formación e información ”  en su apartado 1, párrafo 4, queda suficientemente claro lo siguiente: La formación se debería llevar a cabo mediante programas integrados en un plan de formación en la empresa. En aras de la máxima eficacia, se tendrá en cuenta que, 
además de la formación teórica, es imprescindible la formación a pie de equipo, especialmente para aquellos equipos cuyo manejo requiera el desarrollo de habilidades y hábitos seguros, como puede ser el caso de la conducción de equipos móviles o el montaje y/o utilización de equipos que implique trabajos en altura.

 Es por esto, que desde el CENTRO de FORMACIÓN MENSAJE21, ponemos en
marcha cursos para que aquellas personas que usen o sean susceptibles de usar
este tipo de maquinaria, adquieran los conocimientos y habilidades necesarios
para su desempeño, así como para evitar potenciales sanciones por parte de las
diferentes Inspecciones de Trabajo. 






consultar con Javier Bastos
927473209 - 677473358